Campaña RENTA 2022. Recordad marcar casilla 106

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Marynie
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Buenas a todas! ¿Alguna habéis podido deducir por mudanza a otra comunidad por haber encontrado un trabajo? Tengo entendido que se puede añadir en otros gastos deducibles y he encontrado esto "el rendimiento íntegro del trabajo una vez minorado por el resto de gastos deducibles previstos" en su artículo 19.2 (cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidades, gastos de defensa jurídica, detracciones por derechos pasivos, cuotas a colegios profesionales o sindicatos...)."
Pero no pillo muy bien cómo tengo que calcular exactamente ese rendimiento y no la quiero pifiar.
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bri
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Marynie escribió: 04 May 2023, 10:36 Buenas a todas! ¿Alguna habéis podido deducir por mudanza a otra comunidad por haber encontrado un trabajo? Tengo entendido que se puede añadir en otros gastos deducibles y he encontrado esto "el rendimiento íntegro del trabajo una vez minorado por el resto de gastos deducibles previstos" en su artículo 19.2 (cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidades, gastos de defensa jurídica, detracciones por derechos pasivos, cuotas a colegios profesionales o sindicatos...)."
Pero no pillo muy bien cómo tengo que calcular exactamente ese rendimiento y no la quiero pifiar.
Se llama deducción por movilidad geográfica. Es que estás buscando donde no es.

Y se puede aplicar dos ejercicios pero como no cumplas alguno de los requisitos te van a pedir que devuelvas el dinero (y lo miran bastante).

Y algunas Comunidades también tienen alguna deducción autonómica por lo mismo (Asturias por ejemplo)
Marynie
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bri escribió: 04 May 2023, 10:44
Marynie escribió: 04 May 2023, 10:36 Buenas a todas! ¿Alguna habéis podido deducir por mudanza a otra comunidad por haber encontrado un trabajo? Tengo entendido que se puede añadir en otros gastos deducibles y he encontrado esto "el rendimiento íntegro del trabajo una vez minorado por el resto de gastos deducibles previstos" en su artículo 19.2 (cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidades, gastos de defensa jurídica, detracciones por derechos pasivos, cuotas a colegios profesionales o sindicatos...)."
Pero no pillo muy bien cómo tengo que calcular exactamente ese rendimiento y no la quiero pifiar.
Se llama deducción por movilidad geográfica. Es que estás buscando donde no es.

Y se puede aplicar dos ejercicios pero como no cumplas alguno de los requisitos te van a pedir que devuelvas el dinero (y lo miran bastante).

Y algunas Comunidades también tienen alguna deducción autonómica por lo mismo (Asturias por ejemplo)
Los requisitos los cumplo que yo sepa, creo que son estar dado de alta como demandante de empleo en el momento de la aceptación de contrato de trabajo, y que éste sea en una Comunidad diferente de la actual aparte de contrato de alquiler y demás.

Preguntaba porque me surgen dudas a la hora de rellenar la casilla concreta de rendimientos de trabajo porque hay que restarle otros gastos y no tengo claro cuáles exactamente.

Creo que acabaré llevándolo al gestor que hace la de mis padres vaya a ser que la lie parda.

Gracias!
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bri
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Marynie escribió: 04 May 2023, 11:43
bri escribió: 04 May 2023, 10:44
Marynie escribió: 04 May 2023, 10:36 Buenas a todas! ¿Alguna habéis podido deducir por mudanza a otra comunidad por haber encontrado un trabajo? Tengo entendido que se puede añadir en otros gastos deducibles y he encontrado esto "el rendimiento íntegro del trabajo una vez minorado por el resto de gastos deducibles previstos" en su artículo 19.2 (cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidades, gastos de defensa jurídica, detracciones por derechos pasivos, cuotas a colegios profesionales o sindicatos...)."
Pero no pillo muy bien cómo tengo que calcular exactamente ese rendimiento y no la quiero pifiar.
Se llama deducción por movilidad geográfica. Es que estás buscando donde no es.

Y se puede aplicar dos ejercicios pero como no cumplas alguno de los requisitos te van a pedir que devuelvas el dinero (y lo miran bastante).

Y algunas Comunidades también tienen alguna deducción autonómica por lo mismo (Asturias por ejemplo)
Los requisitos los cumplo que yo sepa, creo que son estar dado de alta como demandante de empleo en el momento de la aceptación de contrato de trabajo, y que éste sea en una Comunidad diferente de la actual aparte de contrato de alquiler y demás.

Preguntaba porque me surgen dudas a la hora de rellenar la casilla concreta de rendimientos de trabajo porque hay que restarle otros gastos y no tengo claro cuáles exactamente.

Creo que acabaré llevándolo al gestor que hace la de mis padres vaya a ser que la lie parda.

Gracias!
Pues los que has puesto: Seguridad social (que ya viene puesto ademas), cuotas de sindicatos y de colegios profesionales, defensa jurídica.... Es que lo de mudanza que dices tú no se pone ahí.
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undi
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Yo me lo deduje un año porque el primero no lo sabía. En mi caso fue cambio de provincia y era de la CCAA la deducción. De hecho creo que es ahí donde se ponía, en deducciones propias de la comunidad. De aquella fueron 2000 euros/ ejercicio. En mi caso no tuve que presentar nada porque lo que era necesario lo tenían (inscrita en el INEM, dada de alta en otra empresa, cambio del padrón). Creo que hay que empadronarse, eso sí.

Supongo que lo has visto pero esto dice san google
¿Cómo aplicar la deducción por movilidad geografica?
¿Qué hay que hacer para conseguir la deducción por movilidad geográfica? Para conseguir esta deducción hay que marcar la casilla 19 de la declaración de la Renta; “Incremento para contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio”.
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bri
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No es necesario empadronarse, vale con tener un contrato de alquiler en el nuevo municipio.
Marynie
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Sí, el padrón no hace falta, solo tener el contrato y si hay facturas a tu nombre.
Pues gracias chicas, voy a ver si me apaño con estos datos!
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bri
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Marynie escribió: 04 May 2023, 12:29 Sí, el padrón no hace falta, solo tener el contrato y si hay facturas a tu nombre.
Pues gracias chicas, voy a ver si me apaño con estos datos!
Es marcar la casilla y ya. Bueno y poner la nueva dirección, no tiene complicación alguna.
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Kiwi
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Marynie escribió: 04 May 2023, 12:29 Sí, el padrón no hace falta, solo tener el contrato y si hay facturas a tu nombre.
Pues gracias chicas, voy a ver si me apaño con estos datos!
Marcas la casilla y en la cantidad pones los rendimientos del trabajo brutos menos las cotizaciones a la SS (y los otros gastos, como sindicatos, si es que los tienes) pero ojo, solo los del trabajo por el que te mudaste, que es el que te da derecho a la deducción. Si por ejemplo antes de mudarte tuviste otro pagador lo recibido de él no se pone en la movilidad geográfica.
Marynie
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Kiwi escribió: 05 May 2023, 00:42
Marynie escribió: 04 May 2023, 12:29 Sí, el padrón no hace falta, solo tener el contrato y si hay facturas a tu nombre.
Pues gracias chicas, voy a ver si me apaño con estos datos!
Marcas la casilla y en la cantidad pones los rendimientos del trabajo brutos menos las cotizaciones a la SS (y los otros gastos, como sindicatos, si es que los tienes) pero ojo, solo los del trabajo por el que te mudaste, que es el que te da derecho a la deducción. Si por ejemplo antes de mudarte tuviste otro pagador lo recibido de él no se pone en la movilidad geográfica.
Sí, muchas gracias, ayer a última hora lo dejé listo y ya vi como rellenar esa casilla. :rock:
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choco
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A ver si hoy me presentan la renta, me devuelven mucha mucha pasta, entre el niño, el colegio, autónomos, la hipoteca...
He puesto la casilla de la Iglesia y la 106

Espero que no tarden mucho
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tsuki
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A ver si me podéis ayudar con los plazos. Hice la declaración el 20 de abril, en la app de la AEAT pone que la devolución ha sido emitida el día 26 de abril, pero aún no la he recibido, ¿es normal tardar tanto? a mi pareja le tardó como una semana.
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undi
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tsuki escribió: 17 May 2023, 22:42 A ver si me podéis ayudar con los plazos. Hice la declaración el 20 de abril, en la app de la AEAT pone que la devolución ha sido emitida el día 26 de abril, pero aún no la he recibido, ¿es normal tardar tanto? a mi pareja le tardó como una semana.
A mí desde el aviso me ha tardado como mucho un par de días. Creo que no es muy normal que tarden tanto.

Me acaban de poner aprobada la devolución, a ver si no tardan mucho.
Petri
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undi escribió: 18 May 2023, 08:21
tsuki escribió: 17 May 2023, 22:42 A ver si me podéis ayudar con los plazos. Hice la declaración el 20 de abril, en la app de la AEAT pone que la devolución ha sido emitida el día 26 de abril, pero aún no la he recibido, ¿es normal tardar tanto? a mi pareja le tardó como una semana.
A mí desde el aviso me ha tardado como mucho un par de días. Creo que no es muy normal que tarden tanto.

Me acaban de poner aprobada la devolución, a ver si no tardan mucho.
Revisa que el número de cuenta esté correctamente por si acaso.
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LastKiss
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He estado mirando el borrador y los certificados de mi trabajo. Resulta que me pagaron un complemento tarde y tengo atrasos del 2021 cobrados en 2022. Entiendo que tengo que hacer una complementaria, sé incluir los ingresos pero no la retención al IRPF de esos pagos. O igual los ingresos van en la complementaria de 2021 y la retención en 2022? Es un poco loco.

Por otra parte, no sé si al ser poca cantidad da igual ponerlo todo en 2022.

Y por último cada año lo pienso, tengo un piso donde vive mi madre, pero me imputan rendimientos de una vivienda no habitual. Vale la pena hacer un documento sobre el usufructo?
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elyes
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La desgravación por reformas solo es si tienes esa propiedad en alquiler? Si no la tienes en alquiler solo vale si es por tema energético?
En casa de mi madre hubo que hacer una reparación del tejado porque filtraba y era por si le podian devolver algo.
Hablo de Cataluña que no se que veo que pueden devolver un 1,5%.
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eraseunavez
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Presenté la declaración en abril y el expediente sigue en tramitación desde esa fecha. No recuerdo que hubiera tardado tanto antes. Llamé por teléfono y me comentaron que hasta el 31 de diciembre tienen para revisarlo, pero me choca porque es eso, no me había pasado antes.
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Petri
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eraseunavez escribió: 18 Jun 2023, 19:52 Presenté la declaración en abril y el expediente sigue en tramitación desde esa fecha. No recuerdo que hubiera tardado tanto antes. Llamé por teléfono y me comentaron que hasta el 31 de diciembre tienen para revisarlo, pero me choca porque es eso, no me había pasado antes.
A mi pareja tampoco le había pasado nunca y la renta pasada se la pagaron este febrero o marzo, con unos miserables intereses. Este año tenemos los dos la renta presentada hace un mes y no tenemos respuesta ninguno, así que es una lotería.
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LastKiss
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He hecho la declaración del ejercicio 22, me devuelven 50€. Pero tengo que hacer una complementaria del ejercicio anterior y no me aclaro.

Pongo lo que cobré tarde pero no me deja o no sé poner la retención correspondiente al ejercicio 2021. Y claro, me toca pagar bastante. Rollo, 600€ más y tengo que pagar 300 porque no me deja poner las retención que son 100€. Muy complicado todo, supongo que ahí también me descontarán lo que ya pagué en su momentos.

Si alguien sabe cómo funciona, la última vez que hice complementaria fue en papel 🤷 con boli Bic Pum.
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bri
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LastKiss escribió: 26 Jun 2023, 18:24 He hecho la declaración del ejercicio 22, me devuelven 50€. Pero tengo que hacer una complementaria del ejercicio anterior y no me aclaro.

Pongo lo que cobré tarde pero no me deja o no sé poner la retención correspondiente al ejercicio 2021. Y claro, me toca pagar bastante. Rollo, 600€ más y tengo que pagar 300 porque no me deja poner las retención que son 100€. Muy complicado todo, supongo que ahí también me descontarán lo que ya pagué en su momentos.

Si alguien sabe cómo funciona, la última vez que hice complementaria fue en papel 🤷 con boli Bic Pum.
https://sede.agenciatributaria.gob.es/S ... -2021.html


Tienes que ir por aquí y añadir la nueva información que incorporas.
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